España: regulación

Última revisión: octubre 2026

En esta página
  1. Situación legal y supervisión
  2. Exchanges y KYC
  3. Stablecoins
  4. Cajeros de criptomonedas
  5. Estafas y fraudes
    1. Dónde denunciar y qué ocurre después
  6. Autocustodia
    1. Si pierde el acceso a su monedero
  7. Fuentes
  • España aplica el Reglamento europeo relativo a los mercados de criptoactivos (MiCA). La Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) autoriza y supervisa a los proveedores de servicios de criptoactivos; el Banco de España supervisa a los emisores de stablecoins.
  • El periodo transitorio para los proveedores inscritos en el antiguo registro del Banco de España terminó el 1 de julio de 2026. Desde entonces, solo los proveedores autorizados por la CNMV o por otro supervisor de la UE pueden prestar servicios a clientes en España.
  • Compruebe un proveedor en los registros de la CNMV y de la ESMA y en la lista de advertencias de la CNMV antes de usarlo. Cuente con controles de identidad y, en las transferencias de más de 1.000 € a o desde su propio monedero, con una comprobación de que el monedero es suyo.
  • Desconfíe de las ofertas no solicitadas, de las rentabilidades prometidas y de los servicios de «recuperación». Informe a la CNMV y presente una denuncia ante la Policía Nacional, la Guardia Civil o un juzgado.
  • No existe ninguna obligación de registrar un monedero de autocustodia. Las criptomonedas que controla usted mismo no se declaran en el modelo 721, pero sí computan en el Impuesto sobre el Patrimonio.

Esta página explica quién supervisa las criptomonedas en España, qué significa eso cuando usa un exchange y qué normas se aplican a su propio monedero. Los exchanges autorizados y sus comisiones se tratan en exchanges. Es información general, no asesoramiento jurídico.

España aplica el Reglamento europeo relativo a los mercados de criptoactivos (MiCA), en su totalidad desde el 30 de diciembre de 2024. La CNMV es la autoridad competente para MiCA y autoriza y supervisa a los proveedores de servicios de criptoactivos. El Banco de España supervisa a los emisores de fichas de dinero electrónico y de fichas referenciadas a activos (stablecoins). Las normas comunes a toda la UE se explican en Normas de la UE.

Antes de MiCA, las empresas que cambiaban criptomonedas por dinero o custodiaban monederos de criptomonedas debían inscribirse en el Banco de España con arreglo a la ley contra el blanqueo de capitales (Ley 10/2010); ese registro existía desde mayo de 2021. España utilizó el periodo transitorio más largo que permite MiCA: las empresas inscritas en el registro a 30 de diciembre de 2024 podían seguir prestando los mismos servicios hasta el 1 de julio de 2026, salvo que su solicitud MiCA se denegara antes. En un comunicado de 15 de junio de 2026, la CNMV indicó que los proveedores que no fueran a ser autorizados debían tener un plan de migración que permitiera a los clientes trasladar sus criptomonedas y su dinero a otro lugar, y que los inversores que usaran un proveedor no autorizado después del 1 de julio de 2026 no cuentan con la protección de MiCA.

Una autorización MiCA significa que el proveedor está supervisado. No hace que las monedas sean seguras: los supervisores europeos (EBA, EIOPA y ESMA) advierten de que la mayoría de los criptoactivos son volátiles y de alto riesgo y de que los consumidores pueden perder todo el dinero que invierten.

Exchanges y KYC

Un exchange o custodio que presta servicios a clientes en España necesita una autorización MiCA de la CNMV o del supervisor de otro país de la UE que lo haya notificado a España (pasaporte europeo). Busque el proveedor en el registro de proveedores de servicios de criptoactivos de la CNMV, que recoge ambos casos, y en el registro de la ESMA. La CNMV aconseja comprobar con qué entidad jurídica contrata realmente, porque una marca puede operar a través de varias sociedades y la protección de MiCA solo se aplica a la entidad autorizada en la UE. Una comparativa de los exchanges, con sus comisiones, está en exchanges.

Cuente con que le identifiquen con su nombre, su dirección y su número de identificación fiscal. Los proveedores españoles informan a la AEAT de sus saldos y operaciones cada enero (véase declaración y plazos). Los proveedores también deben enviar información sobre el ordenante y el beneficiario con las transferencias de criptoactivos con arreglo al Reglamento europeo de transferencias de fondos (la regla de viaje), que se aplica desde el 30 de diciembre de 2024.

Stablecoins

MiCA distingue dos tipos de stablecoins. Una ficha de dinero electrónico (EMT) está referenciada a una única moneda oficial, como el euro o el dólar; solo los bancos y las entidades de dinero electrónico pueden ofrecerla al público en la UE, sus titulares pueden reembolsarla por su valor nominal y no genera intereses. Una ficha referenciada a activos (ART) está referenciada a otros valores o a una combinación de ellos; solo los bancos o los emisores autorizados con arreglo a MiCA pueden ofrecerla. En España, el Banco de España supervisa a sus emisores.

Para comprobar una stablecoin, busque su emisor en el registro provisional MiCA de la ESMA. El 7 de octubre de 2026, el registro de emisores de fichas de dinero electrónico no incluía ningún emisor de España, el registro de emisores de ART autorizados estaba vacío y no encontramos en él al emisor de USDT (Tether). Qué exchanges puede usar se explica en exchanges.

Cajeros de criptomonedas

Los cajeros de criptomonedas no están prohibidos en España. Cambiar criptomonedas por dinero es un servicio de criptoactivos según MiCA y, desde el 1 de julio de 2026, todo proveedor de este tipo en España necesita una autorización. Si quiere usar un cajero de criptomonedas, busque a su operador en el registro de la CNMV como haría con cualquier otro proveedor.

Los controles de identidad en los cajeros de criptomonedas pasan a ser expresos a partir del 28 de octubre de 2026. El Real Decreto 813/2026, de 7 de octubre (BOE de 8 de octubre de 2026), modifica el artículo 4 del Reglamento de prevención del blanqueo de capitales (Real Decreto 304/2014): en las operaciones «realizadas en cajeros de criptoactivos», el operador debe identificarle y comprobar su identidad «en todo caso», sea cual sea el importe. Para las demás operaciones ocasionales, el umbral de ese artículo es de 1.000 €. No encontramos ninguna declaración propia de la CNMV ni del Banco de España sobre los cajeros de criptomonedas (octubre de 2026).

Estafas y fraudes

La CNMV llama «chiringuitos financieros» a las entidades no autorizadas. En 2025 publicó 458 advertencias propias, más que ninguna otra autoridad de la UE, y alerta sobre fraudes a través de grupos de WhatsApp y estafas románticas. Las señales que menciona:

  • Falsas inversiones en criptomonedas que prometen ganancias increíbles en poco tiempo y sin riesgo, y que le presionan para que decida rápido y no deje pasar la oportunidad, anunciadas de forma agresiva en redes sociales, por SMS o por correo electrónico.
  • Ofertas de inversión no solicitadas en redes sociales, perfiles falsos y recomendaciones de famosos.
  • Entidades que copian el nombre y los datos de una entidad autorizada para parecer legítimas.
  • Phishing, webs falsas y «técnicos» que piden acceso remoto a su dispositivo.
  • Después de una pérdida, una entidad se ofrece a recuperar su dinero a cambio de un pago por adelantado (recovery room). La CNMV indica que nunca contacta directamente con las víctimas para recuperar pérdidas y que nunca permite que nadie use su nombre para ello.

Antes de invertir, compruebe el proveedor en el registro de la CNMV y en la lista de advertencias de la CNMV, o llame a la CNMV al 900 535 015.

Dónde denunciar y qué ocurre después

  • CNMV. Cuente a la CNMV lo ocurrido. Publica advertencias sobre entidades no autorizadas para que otras personas puedan evitarlas.
  • Policía. El fraude es un delito: la CNMV aconseja presentar una denuncia ante la Policía Nacional, la Guardia Civil o el juzgado competente. Guarde los mensajes, las capturas de pantalla, las direcciones de los monederos y los identificadores de las operaciones.
  • Su banco, si pagó por transferencia bancaria o con tarjeta.

Ni la CNMV ni la policía prometen recuperar su dinero. Un conflicto con un exchange autorizado es otra cuestión: véase dónde reclamar.

Autocustodia

En las fuentes indicadas más abajo no encontramos ninguna norma española que le obligue a registrar un monedero de autocustodia. A efectos fiscales:

  • Las criptomonedas de un monedero cuyas claves privadas controla usted no se declaran en el modelo 721, que solo abarca las criptomonedas custodiadas por proveedores situados fuera de España.
  • Sí computan en el Impuesto sobre el Patrimonio por su valor a 31 de diciembre, y las ganancias tributan cuando vende o intercambia, igual que en un exchange (véase impuestos para particulares).

Las normas sí le afectan cuando mueve criptomonedas entre un proveedor y su propio monedero: en las transferencias de más de 1.000 € a o desde un monedero autoalojado, el proveedor debe adoptar medidas para comprobar si el monedero es propiedad de su cliente o está bajo su control (Reglamento europeo de transferencias de fondos).

Tener las criptomonedas usted mismo significa que las claves son responsabilidad suya; los supervisores europeos advierten de que, si pierde las claves privadas, pierde de forma permanente el acceso a las criptomonedas y su propiedad. Si guarda cantidades importantes de bitcoin en su propio monedero, conviene comparar un único monedero físico con una configuración multifirma; esta explicación de multisig frente a firma única (en inglés) expone frente a qué protege cada opción.

Si pierde el acceso a su monedero

No encontramos ninguna orientación de la AEAT ni de la DGT sobre las criptomonedas a las que ya no se puede acceder, por ejemplo tras perder una frase semilla (octubre de 2026). La AEAT sí explica qué ocurre cuando una plataforma no le devuelve sus criptomonedas o quiebra: se trata de un crédito no cobrado, que solo se convierte en pérdida en situaciones concretas (véase pérdidas). Si pierde el acceso, conserve pruebas de los hechos y consulte a un asesor fiscal antes de su próxima declaración del Impuesto sobre el Patrimonio o de la renta.

Los herederos que aceptan una herencia deben declarar la extinción de la titularidad en el modelo 721 si el fallecido había presentado uno. Para el resto de su vida digital, como el correo electrónico, los gestores de contraseñas y las cuentas en línea, consulte esta introducción a la planificación del patrimonio digital (en inglés).

Fuentes

Esta página ofrece información general, no asesoramiento jurídico. Las normas cambian, así que consulte las fuentes oficiales indicadas arriba antes de actuar.